Requisitos de aplicación internacional satje

Índice
  1. 1. nombre y dirección del inventor

1. nombre y dirección del inventor

De acuerdo con la regla 4.1 v) del PCT y los anexos B1 y b2, la solicitud internacional debe incluir el nombre y la dirección completa del inventor si su legislación nacional solicita esta información al presentar la solicitud nacional. Cada inventor debe indicar su familia y nombre; En su caso, el nombre dado debe contener mayúsculas. Además, en su caso, se incluirá la dirección completa de cada inventor, incluido su lugar de residencia permanente y el código postal pertinente.

A algunos solicitantes les preocupa que se hagan públicas las direcciones de sus inventores mediante la solicitud internacional publicada. En tales casos, él o ella puede optar por no ser incluido en su solicitud; la Oficina receptora normalmente notificaría y avisaría de las posibles consecuencias de hacerlo. Tenga en cuenta que la mayoría de las DO requieren proporcionar la dirección de su inventor al entrar en la fase nacional; asimismo, la Oficina Internacional publicará estos datos a través de PATENTSCOPE en la sección "PCT Biblio. Datos", junto con cualquier documento puesto a disposición del público a través de esa pestaña y dentro de su propia solicitud internacional.

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Sobre la base de estas consideraciones, la OEP, en su calidad de DO ha confirmado que aceptará direcciones postales en las que un inventor reciba habitualmente correo, como la dirección de un empleador o un apartado postal, en lugar de proporcionar las direcciones completas requeridas en virtud de la Regla 4.1.v) del PCT. Debido a las preocupaciones actuales en materia de protección de datos, a partir de las solicitudes internacionales presentadas después del 1 de noviembre de 2021, la información publicada sobre el inventor ya no incluirá direcciones completas, sino que simplemente enumerará el apellido, el nombre o nombres de pila de cada inventor, el país o el lugar de residencia en el que vive normalmente, así como los códigos postales, cuando proceda.

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Un inventor debe firmar su declaración con tinta oscura permanente; sin embargo, la firma electrónica ("firma S") a menudo puede ser más conveniente y también debe permitirse como parte de este documento.

La preparación y conversión de declaraciones como documentos PDF ayuda a minimizar el riesgo de que el formato del documento no se represente correctamente o de que se realicen cambios accidentalmente después de la firma. Además, las firmas de correo electrónico ayudan a preservar la evidencia de una firma S auténtica si son impugnadas por la USPTO.

La firma s puede incluir caracteres de texto (letras o números árabes), espacios, comas, períodos, apóstrofes o guiones; También puede incluir, si es necesario, las siglas de los inventores o su nombre completo.

En general, recomendamos a los inventores que utilicen herramientas de anotación en el kit pdf, como Adobe Acrobat reader, para generar firmas compuestas por siglas o nombres seguidos de fechas y barras de cierre para cumplir con los requisitos de la USPTO y reducir las posibilidades de cuestionar el tyfnil al revisar documentos cuestionados.

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